El Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén ha condenado a
seis meses de prisión al vecino de Bedmar y Garcíez (Jaén) identificado
como S.M.C., que se sentó en el banquillo de los acusados la pasada
semana por un presunto delito de quebrantamiento de condena que habría
cometido al volver a vivir con su mujer pese a estar en vigor una orden
de alejamiento de la misma. Ha sido condenado por el supuesto delito de
quebrantamiento de condena por el que el ministerio fiscal solicitaba
una pena de un año de cárcel, que al final se ha quedado en la mitad.
La fiscalía consideró que había quedado "acreditado" que entre mayo y
octubre de 2012, el encartado estuvo viviendo en el domicilio familiar, a
pesar de que pesa sobre él una orden de alejamiento impuesta en 2006
por el Juzgado de lo Penal número 2 de Jaén, que estará vigente hasta el
20 de noviembre de 2014. Se apoyó para ello en la declaración de la
mujer del procesado -que señaló que había acogido a su marido "por
lástima" tras verlo viviendo "en la calle"- ya que, según afirmó, debe
ser tenida en cuenta como "prueba válida y suficiente" para desmontar el
derecho de presunción de inocencia del hombre.
En su
opionión, a la hora de dictar sentencia no se debe tener en cuenta el
"consentimiento de la víctima", ya que en un caso como éste, en el que
se juzga un supuesto quebrantamiento de condena, "el bien jurídico a
proteger es la administración de kusticia", por lo que el cumplimiento
de una pena "no depende de la voluntad" de nadie, sino que es "una
obligación" ciudadana. También rechazó que se pudiera esgrimir la
circunstancia eximente de estado de necesidad para justificar una
absolución del acusado, ya que, a su entender, en el momento en el que
se produjeron los hechos que se juzgan no se daban todos los supuestos
requeridos para que ésta fuera tenida en cuenta. De hecho, según la
fiscalía, este hombre "tenía sitio donde dormir", cual era "el domicilio
de su hermana, en el que está viviendo ahora".
Como se recordará,
la Audiencia de Jaén absolvió el pasado mes de marzo a este mismo
hombre de otro delito de quebrantamiento de condena supuestamente cometido
en similares circunstancias por el que ahora ha sido condenado a seis
meses, atendiendo para ello a la eximente de estado de necesidad, al
entender que no tenía "dónde ir". Igualmente, la fiscalía ha remitido
recientemente al Juzgado de Instrucción número 2 de Jaén un nuevo
escrito de acusación contra este hombre por otro delito de
quebrantamiento de condena, por el que también interesa que se le
imponga una pena de un año de cárcel.
Fuente: El Diario
No hay comentarios:
Publicar un comentario